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    <titulo>– Navalcarnero. Urbanismo. Modificación puntual 2 P.G.O.U</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO 
 URBANISMO
 
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 Navalcarnero. Urbanismo. Modificación puntual 2 P.G.O.U 
  Mediante el presente edicto se hace público lo siguiente:
  1.o  Que por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante acuerdo adoptado, en sesión de 7 de diciembre de 2015, se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, relativa en primer lugar, a parte de la determinaciones urbanísticas de los siguientes Sectores de Suelo Urbanizable Sectorizado con Planeamiento Incorporado, que el Plan General incorporó con errores: Sector I-6 “Acceso Sevilla La Nueva-Barrio San Antón”, Sector I-10 “Barrio San Isidro”, Sector II-2 “Barrio El Señorío”, Sector II-4 “Barrio Buenavista”, Sector II-5 “Barrio San Antón”, Sector II-6 “Barrio Caño Viejo”, Sector II-7 “Barrio Cuesta de Pajares” y Sector II-11 “Barrio La Candelaria”, y, en segundo lugar, la Modificación Puntual afecta a las condiciones temporales para el desarrollo del Sector 8, clasificado como Suelo Urbanizable Sectorizado Remitido.
  Asimismo, se acuerda su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lo que así se efectúa por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, mediante anuncio publicado en el número 298, el 16 de diciembre de 2015, depositándose con fecha 17 del mismo mes y año un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, donde podrá ser consultado.
  2.o  Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, sobre las Bases del Régimen Local, se hace público el contenido íntegro de la parte de planeamiento que exija la legislación de régimen local. Es por lo que mediante el presente se procede a dar cumplimiento al mismo.
  
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
 
   Navalcarnero, a 28 de diciembre de 2015..El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
  (03/630/16)</texto>
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