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    <titulo>Madrid número 83. Procedimiento ordinario 1.102 de 2014</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83 
 
 77 
 Madrid número 83. Procedimiento ordinario 1.102 de 2014 
  EDICTO
  Doña Cristina Gutiérrez del Álamo Oms, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.102 de 2014, instados por el procurador don Antonio García Martínez, en nombre y representación de don Juan de Dios Pérez Peláez, contra desconocidos herederos de don Enrique Molina de la Vega y doña Josefa Gallego Gil, en los que se ha dictado en fecha 8 de enero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la representación de don Juan de Dios Pérez Peláez, contra los ignorados herederos de don Enrique Molina de la Vega y doña Josefa Gallego Gil, debo declarar y declaro haber lugar a:
  a)  Declarar al actor propietario exclusivo de la finca descrita en el apartado primero de la demanda, ordenando la cancelación de las inscripciones contradictorias que pudieran existir en el Registro de la Propiedad, procediendo a la inscripción en favor del actor, a cuyo fin se librarán los oportunos oficios.
  b)  Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas al demandante.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado desconocidos herederos de don Enrique Molina de la Vega y doña Josefa Gallego Gil y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
  Nota: siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
  En Madrid, a 11 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/1.672/16)</texto>
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