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    <titulo>– Campo Real. Régimen económico. Supresión bonificación por domiciliación de tributos y tasas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Campo Real</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Campo Real. Régimen económico. Supresión bonificación por domiciliación de tributos y tasas 
  Transcurrido el plazo de exposición al público sin haberse presentado reclamaciones, por resolución de Alcaldía de fecha 14 de enero de 2016, se ha elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de fecha 25 de noviembre de 2015, sobre supresión de bonificación por domiciliación de tributos y tasas, que queda redactado de la siguiente forma:
  1.  Suprimir la bonificación del 3 por 100 a aquellas personas que domicilien el pago de los recibos de los siguientes impuestos, manteniéndose la bonificación regulada en el artículo 4.e) de la ordenanza fiscal número 41, reguladora del Sistema Especial de Pago de Tributos Periódicos (SEP):
  .	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana.
  .	Tasa por recogida de basuras.
  .	Tasa de inspección de motores.
  .	Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
  .	Tasa de vados.
  .	Impuesto sobre actividades económicas.
  2.  El presente acuerdo entrará en vigor en el momento de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y continuará vigente hasta que se acuerde su modificación o derogación.
  3.  Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación en la forma que establece las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
  En Campo Real, a 15 de enero de 2016..El alcalde, Felipe Moreno Morera.
  (03/2.255/16)</texto>
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