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    <fecha_publicacion>2016/01/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones 
  Que el Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 14 de enero de 2016, adoptó un acuerdo cuyo tenor literal es el que sigue:
  “Primero..Delegar en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Griñón todas las actuaciones que requieran trámite y resolución derivados del contrato de gestión del servicio público del cementerio municipal musulmán en Griñón (expediente CONT 13/2015), desde la clasificación de ofertas presentadas hasta la adjudicación del contrato referido, cuya competencia atribuye la Ley al Pleno, comprendiendo todas las facultades que la Ley atribuye al Pleno como órgano de contratación competente en relación con el referido expediente.
  Los acuerdos y resoluciones que se adopten por la Junta de Gobierno Local deberán ser preceptivamente dictaminados con anterioridad por la comisión informativa correspondiente.
  No obstante lo anterior, se podrán adoptar acuerdos o resoluciones, por razones de urgencia, sin el referido dictamen previo, pero, en este último caso, deberá darse cuenta a la comisión informativa correspondiente en la primera sesión que esta celebre.
  Segundo..La delegación de atribuciones surtirá efectos desde el día siguiente al de la adopción del acuerdo.
  Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
  En Griñón, a 15 de enero de 2016..El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
  (03/1.674/16)</texto>
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