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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
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 Móstoles número 2. Procedimiento ordinario 1.090 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.090 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel González Granadero, frente a “Pompa Restauradores, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña María Isabel González Granadero, contra “Pompa Restauradores, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que le abone la cantidad de 1.100 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pompa Restauradores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 4 de diciembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.653/15)</texto>
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