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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento ordinario 48 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 126 
 Madrid número 32. Procedimiento ordinario 48 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Luisa Álvarez Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 48 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, frente a “Urbansa, Sociedad Anónima Laboral”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 400 de 2015
  En Madrid, a 7 de noviembre de 2015..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, Fundación Laboral de la  Construcción, que comparece representada por el letrado don José Manuel Gigante Izquierdo, con  número de colegiado 72.427, y de otra, como demandados, “Urbansa, Sociedad Anónima Laboral”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que con estimación parcial de la demanda presentada por Fundación Laboral de la  Construcción, contra “Urbansa, Sociedad Anónima Laboral”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante por los conceptos de la demanda 1.111,45 euros, más 222,29 euros de interés.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez doña María Luisa Gil Meana que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Urbansa, Sociedad Anónima Laboral”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de noviembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.006/15)</texto>
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