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    <fecha_publicacion>2016/01/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Procedimiento ordinario 46 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 
 112 
 Madrid número 23. Procedimiento ordinario 46 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosa María Lozano Blanco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 46 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexander Martínez Saceda, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 383 de 2015
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2015..Habiedo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 46 de 2015, sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Alexander Martínez Saceda, asistido del letrado don Antonio Alcántara, y de otra, como demandada, “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, que no comparece pese a estar citada, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia: 
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por don Alexander Martínez Saceda, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, condeno a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 812,12 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el día 10 de septiembre de 2014.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de su firmeza porque contra la misma no cabe interponer recurso alguno por razón de la cuantía.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe en el día de su fecha celebrándose audiencia pública..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.917/15)</texto>
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