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    <identificador>BOCM-20151230-62</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 555 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>310</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 
 62 
 Madrid número 11. Procedimiento 555 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 555 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Tijerín Álvarez, frente a don Francisco de Paula Blasco Gascó y “Constructora Elio, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de 2 de noviembre de 2015 y diligencia de ordenación de 9 de diciembre de 2015.
  Diligencia..En Madrid, a 9 de diciembre de 2015.
  La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en esta fecha tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda. Paso a dar cuenta. Doy fe.
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 9 de diciembre de 2015.
  Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra don Francisco de Paula Blasco Gascó, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 11 de abril de 2016, a las nueve y cincuenta horas, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo, doy fe..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 2 de noviembre de 2015.
  El anterior escrito presentado por la parte actora en el presente procedimiento únase a las presentes actuaciones, teniéndose por efectuadas las manifestaciones que contiene. No ha lugar a la suspensión solicitada por don Apolinar Alonso Alonso, manteniéndose el señalamiento para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio el día 11 de abril de 2016, a las nueve y cincuenta horas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo, doy fe..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Constructora Elio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de diciembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.757/15)</texto>
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