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    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/12/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ocupación vía pecuaria
– Resolución de 26 de noviembre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cordel de las Merinas o Palomero” en el término municipal de Ciempozuelos. Proyecto promovido por Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>296</diario_numero>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
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  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cordel de las Merinas o Palomero” en el término municipal de Ciempozuelos. Proyecto promovido por Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima. 
  Examinado el expediente 0497/15 de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cordel de las Merinas o Palomero” en el término municipal de Ciempozuelos, se desprenden los siguientes:
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Con fecha 21 de agosto de 2015, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de autorización de ocupación temporal en terrenos de la vía pecuaria “Cordel de las Merinas o Palomero” en el término municipal de Ciempozuelos, para el proyecto “CR-051-11-CS Renovación de Red en la Calle Prado Redondo y otras”.
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  La Ley 8/1998, de 15 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
  Segundo
  Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
  Esta Dirección General de Agricultura y Ganadería, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 25/2015, de 26 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2015), y el Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 185, de 6 de agosto de 2015), y visto el informe del Área de Vías Pecuarias.
  RESUELVE
  Primero
  Someter al trámite de información pública de un mes, desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el expediente 0497/15 de referencia.
  Segundo
  Se hace público para general conocimiento que dicho expediente estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sitas en la calle Gran Vía, número 3, tercera planta, Madrid.
  Tercero
  Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General de Agricultura y Ganadería, en estas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
  Madrid, a 26 de noviembre de 2015..El Subdirector General de Recursos Agrarios (PDF del Director General de Agricultura y Ganadería, Resolución de 2 de noviembre de 2015), Jesús Carpintero Hervás.
  (01/3.322/15)</texto>
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