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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 20 
 Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 1.132.664,88 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:
  .	1.130.616,62 euros, en la aplicación presupuestaria 001/065/330.00/445.93 “A Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, Sociedad Anónima-Feder” del programa 330.00 “Dirección y Gestión Administrativa de Cultura y Deportes” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2015.
  .	1.745,76 euros, en la aplicación presupuestaria 001/212/151.02/227.03 “Gastos por Acción Subsidiaria” del programa 151.02 “Gestión Urbanística” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2015.
  .	302,50 euros, en la aplicación presupuestaria 001/214/151.02/227.03 “Gastos por Acción Subsidiaria” del programa 151.02 “Gestión Urbanística” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2015.
  La financiación del citado crédito extraordinario se efectuará con el remanente líquido de tesorería afectado a gastos con financiación afectada obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2014».
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
  
 
   Madrid, a 25 de noviembre de 2015..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/34.564/15)</texto>
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