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    <titulo>Castellón número 3. Procedimiento ordinario 452 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 3 
 
 186 
 Castellón número 3. Procedimiento ordinario 452 de 2015 
  EDICTO
  Doña Consuelo Barberá Barrios, letrada de Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Castellón.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 452 de 2015, a instancias de doña María José Morcillo Sáez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Gohg Telecomunicaciones 2700, Sociedad Limitada”, en los que el día 22 de octubre de 2015 se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña María José Morcillo Sáez, contra “Gohg Telecomunicaciones 2700, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.038,95 euros, con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  Se imponen las costas del proceso a la parte demandada incluidos honorarios, hasta el límite de 600 euros, de graduado social de la parte actora.
  Notifíquese a las partes la presente resolución, con advertencia de que es firme y contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación según la cuantía y lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación a “Gohg Telecomunicaciones 2700, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 23 de octubre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/33.050/15)</texto>
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