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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 208 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>262</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 220 
 Madrid número 37. Ejecución 208 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 208 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Rubio Arias, frente a “Ayre Consulting, Sociedad Limitada”, “Vértice Mobility Solutions, Sociedad Limitada”, y “Vértice Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda declarar la nulidad de las actuaciones de la presente ejecución desde el auto de fecha 5 de febrero de 2015 respecto de “Vértice Sistemas, Sociedad Limitada”, continuándose los trámites de ejecución con el resto de las empresas demandadas “Ayre Consulting, Sociedad Limitada”, y “Vértice Mobility Solutions, Sociedad Limitada”, expídanse los testimonios necesarios para la tramitación ante el Fondo de Garantía Salarial y quedarán a disposición de la parte en la Secretaría de este Juzgado.
  Póngase en conocimiento del Juzgado de lo 	mercantil número 2 de Madrid, procedimiento concurso número 481 de 2014, remitiendo testimonio de la presente resolución.
  Se acuerda alzar los embargos trabados respecto de la empresa “Vértice Sistemas, Sociedad Limitada”, librándose al efecto los oportunos oficios.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2810/0000/64/0091/11.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María José García Castaño.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ayre Consulting, Sociedad Limitada”, y “Vértice Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.809/15)</texto>
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