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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
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    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 182 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 310 
 Madrid número 41. Ejecución 182 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 182 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Domínguez Rodríguez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Social Anónima”, sobre ejecución forzosa se han dictado las siguientes resoluciones:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante doña Rosa María Domínguez Rodríguez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Santander”, número de cuenta 5052-0000-64-0182-15.
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, María José González Huergo.En Madrid, a 14 de octubre de 2015.
  El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 3 de junio de 2015, a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en favor de la demandante doña Rosa María Domínguez Rodríguez y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, planta 10, 28008 Madrid, el día 10 de noviembre de 2015, a las nueve y veinticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Vista las pruebas solicitadas por la parte ejecutante en escrito de 5 de agosto de 2015, cítese para interrogatorio de parte en la comparecencia del día 10 de noviembre de 2015 a las nueve y veinticinco horas, al representante legal de la empresa demandada, a quien servirá de citación la notificación de la presente y requiérase a la empresa demandada para que aporte la documental, conforme solicitó la parte ejecutante en su escrito de fecha 5 de agosto de 2015.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma y citación a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de octubre de 2015..La letrada de Administración de Justicia (firmado).
  (03/30.334/15)</texto>
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