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    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento 854 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 255 
 Madrid número 29. Procedimiento 854 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 854 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Cubero Espinosa, frente a “El Regreso Negocio Urbano, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Sotem Instalaciones de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado decreto de fecha 7 de septiembre de 2015, cuya resolución es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se desestima el recurso de reposición contra la diligencia de ordenación de fecha de 17 de septiembre de 2014, manteniéndose la misma en todos sus términos. Asimismo, y en virtud del escrito presentado por la parte actora en fecha de 25 de septiembre de 2014, se acuerda tener por subsanada la demanda y dar al procedimiento el trámite legalmente establecido.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “El Regreso Negocio Urbano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de septiembre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.490/15)</texto>
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