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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación, Juventud y Deporte</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concesión premios
– Orden 3128/2015, de 14 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se conceden los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE 
 
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 ORDEN 3128/2015, de 14 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se conceden los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2015. 
  Por Orden 3160/2014, de 10 de octubre, se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid, y por Orden 262/2015, de 9 de febrero, se convocan los correspondientes al año 2015.
  De acuerdo con lo establecido en estas disposiciones y vista la propuesta de premiados presentada por el jurado
  DISPONGO
  Artículo 1
  Concesión de premios
  Se conceden los premios Talento Joven-Carné Joven, en sus respectivas modalidades, a los siguientes candidatos:
  .	Por la modalidad de deporte: Don Diego García Carrera.
  .	Por la modalidad de emprendimiento: Doña Mónica Altuna Alonso.
  .	Por la modalidad de cultura: Doña Carla Inés Marrero Martínez.
  .	Por la modalidad de voluntariado social: Don Jonatán Arroyo Ballesteros.
  .	Por la modalidad de medio ambiente: Doña Alejandra Toledo Vázquez.
  Artículo 2
  Premios
  La Comunidad de Madrid entregará a todos los premiados una estatuilla conmemorativa.
  Asimismo, cada uno de los premiados recibirá, además, con cargo a las empresas colaboradoras con el Programa Carné Joven, un incentivo consistente en una ayuda, a modo de beca, valorada en 6.000 euros, según establece el artículo 6 de la mencionada orden de convocatoria.
  Artículo 3
  Renuncia
  La renuncia de cualquier premio debe hacerse por escrito y personalmente por el interesado. En caso de menores de edad la renuncia debe hacerla su representante legal.
  La renuncia debe producirse con anterioridad al acto de entrega del premio.
  Artículo 4
  Recursos
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el propio órgano que la ha dictado o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente al de su publicación.
  Madrid, a 14 de octubre de 2015.
  		El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, 		RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR
  (03/30.096/15)</texto>
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