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    <fecha_publicacion>2015/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Especial de protección parcela</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>244</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Desarrollo Urbano Sostenible
 
 23 
 Plan Especial de protección parcela 
  Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial de protección para la parcela sita en la plaza de la Iglesia, sin número, en el Área de Planeamiento Específico 16.05 “Casco Histórico de Hortaleza”, Distrito de Hortaleza.
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 10 de septiembre de 2015, adoptó el siguiente Acuerdo:
  «Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial de protección para la parcela sita en la plaza de la Iglesia, sin número, en el Área de Planeamiento Específico 16.05 “Casco Histórico de Hortaleza”, Distrito de Hortaleza, promovido por don Antón Riestra Pita, en representación de la Congregación Religiosa de la Misión de San Vicente de Paúl, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.
  Tercero..Notificar individualmente a todos los propietarios afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4.b), en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Quinto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito del Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».
  Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, calle Ribera del Sena, número 21, y en el Distrito de Hortaleza, en las mañanas de los días hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen convenientes a su derecho.
  Madrid, a 16 de septiembre de 2015..La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.
  (02/5.019/15)</texto>
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