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    <fecha_publicacion>2015/10/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Algeciras número 1. Procedimiento ordinario 1.311 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS NÚMERO 1 
 
 230 
 Procedimiento ordinario 1.311 de 2012 
  EDICTO
  Doña Sonia Campaña Salas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Algeciras.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.311 de 2012, a instancias de la parte actora don Juan Luis Sierra Pérez, contra “Liteyca”, “Telefónica” e “Instalaciones Eléctricas Tuluz”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 9 de junio de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Luis Sierra Pérez, frente a la empresa “Instalaciones Eléctricas Tuluz”, que no comparece, en acción por reclamación de cantidad, condeno a la empresa demandada a abonar a don Juan Luis Sierra Pérez la cantidad de 1.483,42 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Instalaciones Eléctricas Tuluz”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Algeciras, a 31 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.101/15)</texto>
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