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    <fecha_publicacion>2015/10/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 54 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>233</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 
 105 
 Ejecución 54 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 54 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Claudia Mitrán, frente a “Agua Viva Vida en Abundancia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 3.547,26 euros de principal y 700 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Agua Viva Vida en Abundancia, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Remítanse los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2516/0000/64/0054/15.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Agua Viva Vida en Abundancia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de julio de de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.793/15)</texto>
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