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    <fecha_publicacion>2015/09/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 66. Procedimiento 32 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66 
 
 60 
 Procedimiento 32 de 2015 
  EDICTO
  Doña Teresa Martín Antona, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, modificación de medidas supuesto contencioso número 32 de 2015, instados por el procurador don Mariano Cristóbal López, en nombre y representación de doña Erika Apolonia Trujillo Otiniano, contra don Cristian Marcelo Castro, en los que se ha dictado en fecha 20 de julio de 2015 sentencia cuyo encabezamiento y fallo es como sigue:
  Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia número 66 de los de Madrid, los presentes autos de modificación de medidas número 32 de 2015, promovidos a instancias de doña Erika Apolonia Trujillo Otiniano, representada por el procurador don Mariano Cristóbal López y defendida por el letrado don Fernando Torinos Heredia, contra don Cristian Marcelo Castro, declarado en rebeldía. En los que ha sido parte el ministerio fiscal. Recayendo en ellos la presente resolución en base a lo siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Erika Apolonia Trujillo Otiniano contra don Cristian Marcelo Castro, debo modificar y modifico la sentencia de divorcio de 10 de julio de 2014, dictada en este Juzgado en el procedimiento número 1.067 de 2010, por lo que se revoca y se deja sin efecto la medida cuarta del fallo.
  Con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Remítase testimonio de la presente resolución a los autos seguidos ante este Juzgado con el número 1.067 de 2010 a los efectos pertinentes.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2887-0000-33-0269-15 de este órgano.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Cristian Marcelo Castro, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 28 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (02/4.915/15)</texto>
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