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    <identificador>BOCM-20150925-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VELILLA DE SAN ANTONIO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/09/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Nombramiento tenientes de Alcaldía</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>228</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Velilla de San Antonio</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 40 
 Nombramiento tenientes de Alcaldía 
  La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el decreto 1782/2015, de 11 de septiembre, cuyo texto íntegro es el siguiente: 
  «Atendiendo a nuevas necesidades de distribución de funciones de esta Alcaldía, resuelvo: 
  Primero..Nombrar:
  .	Primer teniente de Alcaldía: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.
  .	Segunda teniente de Alcaldía: doña Josefa Gil García.
  .	Tercer teniente de Alcaldía: don José Redondo Fernández.
  .	Portavoz: doña Josefa Gil García.
  Segundo..Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:
  .	Don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.
  .	Doña Josefa Gil García.
  .	Don José Redondo Fernández.
  .	Doña Juana Hernández Peces.
  Tercero..Delegar en los concejales que a continuación se especifican y para las materias que se indican:
  Concejalía de Hacienda, Educación y Cultura, Información y Tecnología: doña Josefa Gil García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
  .	Área de Hacienda:
  	Impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto:
   Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación.
   Seguimiento de la ejecución presupuestaría.
   Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
  .	Área de Educación:
  	Impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto:
  	Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas.
  	Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general.
  	Escuela Infantil municipal.
  	Escuela de Adultos.
  	Escuela Municipal de Música, Danza y Teatro.
  .	Área de Cultura:
  	Impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio, y en concreto en:
  	Realización de actividades culturales en el municipio.
  	Impulso institucional del auditorio municipal.
  	Impulso institucional de la biblioteca municipal.
  	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
  .	Área de Información y Tecnologías:
  	Puesta en marcha de la nueva forma de relacionarse con la Administración. 
  	Mantenimiento activo del “Portal del Ciudadano”' que permitirá el acceso, la relación y la gestión de los vecinos con el Ayuntamiento. 
  	Seguimiento de la página web.
  Concejalía de Servicios Generales, Deportes: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
  .	Área de Servicios Generales:
  	Impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al área de servicios generales y parques y jardines, y en concreto:
  	Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos.
  	Mobiliario municipal. 
  	Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos sólidos y urbanos.
  	Seguimiento del vertedero municipal.
  	Organización y seguimiento del polígono industrial en lo referente a recogida de residuos.
  	Seguimiento, planificación y concesión, en su caso, de los permisos a que diera lugar el cementerio y tanatorio municipal. 
  	Seguimiento del servicio de alumbrado público.
  	Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales.
  	Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencia de cala, etcétera).
  	Mantenimiento de las zonas de parques y jardines. 
  	Organización del personal afecto al área.
  .	Área de Deportes:
  	Impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del municipio, lo que se concreta en:
  	Seguimiento del IDM (Instalaciones Deportivas Municipales), y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito.
  	Impulso de las actividades de carácter deportivo.
  	Organización y seguimiento del personal adscrito al área.
  Concejalía de Personal, Sanidad y Medio Ambiente, Transporte Público: don José Redondo Fernández, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
  .	Área de Personal:
  	Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal.
  	Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos de relacionados con la negociación colectiva.
  	Organización y seguimiento del personal adscrito a las áreas. 
  	Coordinación de la gestión y política desarrollada en las diferentes Concejalías. 
  .	Área de Sanidad y Medio Ambiente:
  	Impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto:
  	Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.
  	Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del Centro de Salud Municipal.
  	Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.
  	Organización del personal afecto al área.
  	Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.
  	Impulso y seguimiento de la política de consumo.
  	Seguimiento del servicio de información al consumidor que se desarrolla en el municipio.
  	Impulso y dirección de todo lo tendente a fomentar un medio ambiente acorde con las necesidades que demanda nuestra población.
  	Organización del personal afecto al área.
  .	Transporte Público:
  	Impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que siendo de la Comunidad de Madrid o del Estado afecten al transporte exterior de este municipio.
  	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
  Concejalía de Seguridad Ciudadana, Infancia y Juventud: doña Juana Hernández Peces, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
  .	Área de Seguridad Ciudadana: 
  	Impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al área de Policía Local y en concreto:
  	Circulación viaria.
  	Política de seguridad ciudadana dentro del municipio.
  	Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.
  	Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local
  	Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local.
  	Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.
  .	Área de Infancia y Juventud:
  	Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:
  	El fomento de actividades que cumplan dicho fin.
  	La Casa de la Juventud.
  	Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.
  	Organización del personal afecto al área.
  Tercero..En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales-delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
  Cuarto..La delegación general de competencias a favor de los citados concejales, a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará tanto la facultad de dirección del área correspondiente, como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.
  Quinto..Notificar este nombramiento a los concejales designados.
  Sexto..Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.
  Séptimo..Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL».
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.
  En Velilla de San Antonio, a 11 de septiembre de 2015..La alcaldesa-presidenta, Antonia Alcázar Jiménez.
  (03/26.328/15)</texto>
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