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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 191 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>224</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 99 
 Ejecución 191 de 2008 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 191 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Jesús Martínez Salido, frente a “Extracoin Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Promociones Serraura, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón..En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.
  Desarchívense las actuaciones en virtud de escrito presentado por la parte actora con fecha de entrada en este Juzgado el 24 de agosto de 2015. Únase y dese traslado del mismo a las partes.
  Cítese de comparecencia a las partes y a la mercantil “Intisasolar Semiconductores, Sociedad Limitada”, para el día 23 de noviembre de 2015, a las nueve y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sirviendo la notificación de la presente como citación en legal forma.
  Cautelarmente, se acuerda citar a don Javier Salas Ayllón e “Intisasolar Semiconductores, Sociedad Limitada”, conforme al artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Se informa a las partes a fin de que aporten en el acto de la comparecencia las pruebas de las que intenten valerse.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así, lo acuerdo y firmo..Doy fe, la secretaria judicial.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promociones Serraura, Sociedad Limitada” y “Extracoin Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero y, cautelarmente a don Javier Salas Ayllón e “Intisasolar Semiconductores, Sociedad Limitada”, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.673/15)</texto>
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