<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150915-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/09/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 42. Procedimiento 1.555 de 2014 C</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>219</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2015-09-15-219030920150075</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/09/15/BOCM-20150915-88.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/09/15/BOCM-20150915-88.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/09/15/BOCM-20150915-88.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/09/15/BOCM-20150915-88.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42 
 
 88 
 Procedimiento 1.555 de 2014 C 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) entre don Francisco Javier Ángulo Fernández, doña Marina Fernández Escorial y don Luis José Fernández Escorial, en reclamación, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por la procuradora doña María Paz Galindo Perrino, en nombre y representación de don Francisco Javier Ángulo Fernández, contra don Luis José Fernández Escorial y doña Marina Fernández Escorial, debo declarar y declaro que dichos demandados ocupan la vivienda sita en calle Carretas, número 27, piso segundo izquierda, de Madrid, en situación de precario, y debo condenar y condeno a los mismos a proceder a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento y debo condenar y condeno a don Luis José Fernández Escorial al pago de las costas causadas en el presente procedimiento salvo las correspondientes a doña Marina Fernández Escorial, respecto de las cuales no procede hacer expresa imposición a ninguna de las partes.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días en este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso se deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.
  Y para que sirva de notificación a don Luis José Fernández Escorial, expido y firmo la presente.
  Nota: siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.074/15)</texto>
</documento>