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    <fecha_publicacion>2015/09/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cobeña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>219</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COBEÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 35 
 Modificación presupuestaria 
  En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de la modificación presupuestaria número 10/2015, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con bajas del Ayuntamiento de Cobeña, adoptado en fecha 3 de agosto de 2015, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
  
     
 
   Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. 
  Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
  En Cobeña, a 2 de septiembre de 2015..El alcalde en funciones, Pedro A. López.
  (03/25.060/15)</texto>
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