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    <fecha_publicacion>2015/08/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 6. Procedimiento 1.173 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>194</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6 
 
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 Procedimiento 1.173 de 2014 
  EDICTO
  En el juicio de procedimiento de modificaciones de medidas supuesto contencioso número 1.173 de 2014, sobre pieza familia incidentes, se ha dictado resolución, cuyo texto en extracto es el siguiente:
  Sentencia número 129 de 2015
  Magistrada-juez de primera instancia e instrucción, doña Alicia Parrondo Amago..Parla, a 25 de junio de 2015.
  Como parte demandante, doña Bertha Rocío Quiroz Soto, con procuradora doña Silvia García López, y como parte demandada, don Luis Fernando Ospina Montes, sin profesional asignado, siendo objeto del juicio la modificaicón de medidas contenciosas.
  Fallo
  Estimar parcialmente la demanda de modificación de medidas interpuesta por la procuradora doña Silvia García López, en nombre y representación de doña Bertha Rocío Quiroz Soto, contra don Luis Fernando Ospina Montes, y acuerdo modificar las medidas establecidas en su día en la sentencia de este Juzgado de fecha 16 de noviembre de 2010, dictada en el procedimiento de fijación de guarda, custodia y alimentos contencioso con el número 1.039 de 2009, en el sentido de otorgar el ejercicio de la patria potestad sobre el menor Daniel Fernando Ospina Quiroz en exclusiva a la madre. 
  No se hace pronunciamiento en materia de costas procesales.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, conforme dispone la Ley 1/2000 de 7 de enero, en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, y previa constitución de un depósito de 50 euros con arreglo a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Luis Fernando Ospina Montes.
  En Parla, a 25 de junio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.149/15)</texto>
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