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    <identificador>BOCM-20150804-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 37 de 2013-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 149 
 Ejecución 37 de 2013-M 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2013-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Gracia Campillo, frente a “Calderería y Estructuras Metálicas Alcalaina, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en el día de la fecha la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria seguida a instancias de doña María Esther Gracia Campillo, frente a “Calderería y Estructuras Metálicas Alcalaina, Sociedad Limitada”, sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2519/0000/64/0037/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Calderería y Estructuras Metálicas Alcalaina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 7 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.953/15)</texto>
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