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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Procedimiento ordinario 277 de 2014-A</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 148 
 Procedimiento ordinario 277 de 2014-A 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 277 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Ruiz Feito, frente a “AA-HH Plaza del Liceo, Sociedad Limitada”, “Corporación Empresarial Bardo, Sociedad Limitada”, “Delta Servicios de Apoyo al Turismo, Sociedad Limitada”, y “DHYR Hoteles, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Tengo a don Sergio Ruiz Feito por desistido de su demanda, frente a la mercantil “AA-HH Plaza del Liceo, Sociedad Limitada”; estimo parcialmente la demanda formulada por dicho trabajador, frente a “Corporación Empresarial Bardo, Sociedad Limitada”, “DHYR Hoteles, Sociedad Anónima”, y “Delta Servicios de Apoyo al Turismo, Sociedad Limitada”, y condeno solidariamente a las mercantiles demandadas, por constituir un grupo empresarial a efectos laborales, a abonar al actor la cantidad de 2.926,20 euros por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 444,28 euros de interés por mora, desestimando los restantes extremos de la demanda. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, a las que se hace saber que es firme pues contra la misma no cabe interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 2 de junio de 2015 por la ilustrísima magistrada-juez doña Elena Burgos Herrera que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Corporación Empresarial Bardo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 3 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.940/15)</texto>
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