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    <identificador>BOCM-20150804-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 1.132 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 117 
 Procedimiento 1.132 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.132 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Díaz Sánchez de la Blanca, frente a doña Montserrat Campos Blanco (administradora concursal), “Aquiles Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 7 de mayo de 2015.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo estimar la solicitud de aclaración de sentencia indicando que en el fallo donde dice 219,78 euros, debe decir 2.197,80 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aquiles Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.908/15)</texto>
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