<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150721-154</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/07/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Sevilla número 10. Ejecución 3 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>171</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2015-07-21-171150720150097</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/07/21/BOCM-20150721-154.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/07/21/BOCM-20150721-154.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/07/21/BOCM-20150721-154.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/07/21/BOCM-20150721-154.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10 
 
 154 
 Ejecución 3 de 2015 
  EDICTO
  Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 3 de 2015, a instancias de la parte actora doña Tamara González Fernández y don Fabio Cardone González, contra “Egoista Sevillano, Sociedad Limitada”, “Egoista Star, Sociedad Limitada”, y “Egoista Together, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 17 de junio de 2015 del tenor literal siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez..En Sevilla, a 17 de junio de 2015.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  a)  Declarar a las ejecutadas “Egoista Sevillano, Sociedad Limitada”, “Egoista Star, Sociedad Limitada”, y “Egoista Together, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 28.129,34 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso
  En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).
  Y para que sirva de notificación a las demandadas “Egoista Sevillano, Sociedad Limitada”, “Egoista Star, Sociedad Limitada”, y “Egoista Together, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Sevilla, a 17 de junio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.239/15)</texto>
</documento>