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    <fecha_publicacion>2015/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcalá de Henares. Régimen económico. Tarifas del servicio público urbano taxímetro</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>130</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 56 
 Tarifas del servicio público urbano taxímetro 
  En cumplimiento del artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica a continuación el régimen tarifario del Servicio Público Urbano de automóviles de alquiler con aparato taxímetro para el año 2015, aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2015 y autorizado por la Comisión de Precios del Consejo del Consumo, en la reunión celebrada el 29 de abril de 2015:
  
 
   El régimen tarifario de los servicios interurbanos de autotaxis será el regulado por la orden de 28 de noviembre de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid.
  Alcalá de Henares, a 7 de mayo de 2015..La TAG de la Concejalía de Obras y Servicios (por delegación del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la JGL, de 12 de septiembre de 2012), María Carmen Medina Díez.
  (02/3.097/15)</texto>
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