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    <identificador>BOCM-20150521-196</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 27 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>119</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 
 196 
 Ejecución 27 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 27 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Portero Pérez, frente a “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por don José Carlos Portero Pérez, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la mutua “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social” a que abone de forma anticipada al actor la cantidad de 3.877,67 euros en concepto de subsidio de incapacidad temporal, sin perjuicio de repetir contra la empresa “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, responsable de la prestación por el período y cuantía procedente.
  Absolviendo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social de las peticiones formuladas en su contra.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de abril de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.780/15)</texto>
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