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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 16 de abril de 2015, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de los acuerdos de inicio de los procedimientos sancionadores número INIF 128/15, INIF 130/15, INIF 142/15, INIF 143/15, INIF 144/15, INIF 154/15, INIF 157/15 e INIF 158/15; de la Propuesta de Resolución en el expediente sancionador número INIF 99/15, así como de la Orden y el escrito de información de pago voluntario del procedimiento sancionador número 314/14</titulo>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 26 
 RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2015, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de los acuerdos de inicio de los procedimientos sancionadores número INIF 128/15, INIF 130/15, INIF 142/15, INIF 143/15, INIF 144/15, INIF 154/15, INIF 157/15 e INIF 158/15; de la Propuesta de Resolución en el expediente sancionador número INIF 99/15, así como de la Orden y el escrito de información de pago voluntario del procedimiento sancionador número 314/14. 
  Resultando infructuosos los intentos de notificación de los actos administrativos emanados de los procedimientos sancionadores citados en el encabezamiento, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra de los escritos lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.
  ANEXO
  ACUERDOS DE INICIO DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DE INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Comunidad de propietarios de la Corredera Alta de San Pablo, 12, 28004 Madrid. . INIF 128/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 16 de marzo de 2015.
  Comunidad de propietarios de Berlín, 9, 28938 Móstoles (Madrid). . INIF 130/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 16 de marzo de 2015.
  Comunidad de propietarios de Humanes, 64, 28980 Parla (Madrid). . INIF 142/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 17 de marzo de 2015.
  Comunidad de propietarios de Colegiata, 4, 28012 Madrid. . INIF 143/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 17 de marzo de 2015.
  Comunidad de propietarios de Real, 10, 28340 Valdemoro (Madrid). . INIF 144/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 17 de marzo de 2015.
  Minton Dale España, Sociedad Limitada, con domicilio en Serrano, 81, 28006 Madrid. . INIF 154/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 6 de abril de 2015.
  Boca Oro, Sociedad Limitada, con domicilio en Real, 53, 28400 Collado Villalba (Madrid). . INIF 157/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 6 de abril de 2015.
  Sanz y Cano, Comunidad de Bienes, con domicilio en Libertad, 40, 28600 Navalcarnero (Madrid). . INIF 158/15. . Acuerdo de Inicio de Procedimiento Sancionador de 6 de abril de 2015.
  Frente a los Acuerdos de Inicio, conforme con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles aportar cuantos documentos estimen convenientes y solicitar, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR TRAMITADO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Climasayga, Sociedad Limitada Laboral, con domicilio en Madrid, 65, segundo izquierda, 28901 Getafe (Madrid). . INIF 99/15. . Propuesta de Resolución en el expediente sancionador de 7 de abril de 2015.
  Frente a la Propuesta de Resolución, de acuerdo con el artículo 12.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, el interesado podrá formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles y presentar los documentos y las justificaciones que estime convenientes, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  ORDEN DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y ESCRITO DE INFORMACIÓN DE PAGO VOLUNTARIO
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Comunidad de propietarios de Villarramiel, 1, 28021 Madrid. . INIF 314/14. . Orden sancionadora del Consejero de Economía y Hacienda de 17 de marzo de 2015 y escrito de información de pago voluntario de 25 de marzo de 2015.
  Para hacer efectivo el pago de la sanción podrá optarse por el ingreso directo, bien en metálico, cheque bancario o talón conformado a nombre de la Comunidad de Madrid, en cuyo caso habrá de personarse previamente en la Caja de Depósitos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, donde se le facilitará la carta de pago que deberá presentar a la entidad bancaria colaboradora donde se realice el pago. El pago de la sanción también podrá realizarse mediante transferencia, que deberá solicitarse a través del correo electrónico caja.comunidadmadrid@madrid.org
  Contra la Orden cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses.
  Frente al escrito de información de pago voluntario de la sanción y a partir del inicio del período voluntario para el pago, podrá interponerse conforme se dispone en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Industria, Energía y Minas, o directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
  Los plazos anteriormente indicados se contarán a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, informando a los interesados que los expedientes administrativos se encuentran en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Servicio de Apoyo Jurídico, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid.
  Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
  Dada en Madrid, a 16 de abril de 2015..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
  (01/1.341/15)</texto>
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