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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 43 de 2015</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 103 
 Ejecución 43 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 43 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Patricia Vera González, frente a “Wherever Languages International, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de 18 de marzo de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Wherever Languages International, Sociedad Limitada”,  en situación de insolvencia total, por importe de 2.512,37 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con lo solicitado en su escrito, se expide testimonio de sentencia, auto despachando ejecución, decreto de insolvencia y copia sellada de demanda para ser presentada ante el Fondo de Garantía Salarial. Será entregado en esta oficina judicial a la parte actora o persona con poder bastante, una vez alcance firmeza el decreto de insolvencia.
  De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración firme de insolvencia de la ejecutada se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles, a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, previa su solicitud, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Así por este decreto, lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, Laura Carrión Gómez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Wherever Languages International, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.286/15)</texto>
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