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    <identificador>BOCM-20150421-98</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/04/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento ordinario 1.580 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16 
 
 98 
 Procedimiento ordinario 1.580 de 2013 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.580 de 2013 entre doña Sabah Ayad Saqqar y doña Marta Odriozola Pérez y don Ignacio Manuel Machimbarrena Gutiérrez, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 9 de marzo de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 52 de 2015
  En Madrid, a 9 de marzo de 2015..Su señoría ilustrísima, don Francisco Serrano Arnal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.580 de 2013, seguidos en este Juzgado a instancias de don Sabah Ayad Saqqar, representada por el procurador de los tribunales don Rafael Júlvez Peris Martín y asistia del letrado don Rafael de Andrés Hernández, contra don Ignacio Manuel Machimbarrena Gutiérrez y doña Marta Odriozola Pérez, en rebeldía, sobre reclamación de la cantidad de 7.962,88 euros de principal, más intereses y costas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta en nombre de doña Sabah Ayad Saqqar, condeno a don Ignacio Manuel Machimbarrena Gutiérrez y doña Marta Odriozola Pérez a que solidariamente paguen a la anterior demandante la cantidad de 7.962,88 euros, más sus intereses legales desde la demanda, y costas.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá formalizarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación de la sentencia de fecha 9 de marzo de 2015 dictada en los presentes autos a doña Marta Odriozola Pérez y don Ignacio Manuel Machimbarrena Gutiérrez, demandados en situación procesal de rebeldía y con domicilio desconocido, expido y firmo la presente en Madrid, a 9 de marzo de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (02/2.081/15)</texto>
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