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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/04/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Oviedo número 4. Procedimiento ordinario 723 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>93</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 4 
 
 293 
 Procedimiento ordinario 723 de 2014 
  EDICTO
  Doña María José Cordero Escalonilla, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Oviedo.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 723 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra el empresario don Rachid Acharki, en materia de cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación legal de la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra don Rachid Acharki, debo condenar y condeno al empresario demandado a abonar a la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias la cantidad total de 473,93 euros (de los que 394,94 euros responden a principal y 78,99 euros al recargo correspondiente) en concepto de 33/1127412/64 para el año 2012, cuotas de los meses de enero, febrero, marzo y abril.
  Notifíquese a las partes la presente sentencia, advirtiendo que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.
  Así lo acuerdo, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Rachid Acharki, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Oviedo, a 20 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.037/15)</texto>
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