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    <fecha_publicacion>2015/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento ordinario 53 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 123 
 Procedimiento ordinario 53 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 53 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Martínez del Pozo, frente a “Rusesa, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 12 de febrero de 2015.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar el defecto advertido en el encabezamiento de la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2014 dictada en este procedimiento en el sentido de rectificar el número de autos del encabezamiento, quedando el mismo del siguiente tenor literal:
  «Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, doña Pilar Varas García, los presentes autos número 53 de 2013, seguidos a instancias de don Miguel Ángel Martínez del Pozo, contra “Rusesa, Sociedad Anónima”, habiendo sido parte la administración concursal y el Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad.»
  Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Pilar Varas García.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Rusesa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.425/15)</texto>
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