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    <identificador>BOCM-20150410-172</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/04/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 229 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>84</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 172 
 Ejecución 229 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 229 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arsenio Dumulag Bimmuyag, frente a “GAM Pacífico, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Adjudicar a don José David Rica Páez, con documento nacional de identidad número 51411450-X, y de estado civil separado judicialmente, el vehículo “Wolkswagen” Touarege, matrícula 4110HCD, por la suma de 16.350 euros, al haberse consignado la diferencia entre lo depositado y el precio total de remate.
  Cancélense la presente y posteriores cargas no preferentes contra el referido vehículo matrícula 4110HCD.
  Firme la presente resolución, expídase mandamiento para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente y ofíciese a la Policía Municipal de Boadilla del Monte a fin de proceder a la entrega y cancelación del precinto del citado vehículo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se acuerda el embargo sobre las cantidades consignadas en la notaría del notario del ilustrísimo Colegio de Madrid, don Luis Péres Escolar, por la mercantil “GAM Pacífico, Sociedad Limitada”, o por su administrador, don Javier Torrente Laguna, que traigan causa del pago del precio de la compraventa del inmueble sito en la calle Embajadores, número 35, de Madrid, que fue autorizada en escritura pública en dicha notaría, en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin líbrese el correspondiente oficio a la referida notaría al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “GAM Pacífico, Sociedad Limitada”,  en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.514/15)</texto>
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