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    <identificador>BOCM-20150320-111</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/03/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento ordinario 167 de 2014-F</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>67</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13 
 
 111 
 Procedimiento ordinario 167 de 2014-F 
  EDICTO
  En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 167 de 2014-F, por no ser conocido el domicilio de don Alberto Carlos Pérez Couceiro García Tuñón y don Carlos Alberto Pérez Couceiro García Tuñón, por resolución de esta fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia de fecha 28 de enero de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 18 de 2015
  En Madrid, a 28 de enero de 2014..Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid y su partido, los autos de juicio ordinario número 167 de 2014, siendo parte demandante, la comunidad de propietarios de la calle María de Molina, número 12, de Madrid, representada por la procuradora de los tribunales doña Ana Belén Gómez Murillo y bajo la dirección del letrado don Eduardo Fernández de Blas, y parte demandada, don Carlos Alberto Pérez Couceiro García Tuñón y don Alberto Carlos Pérez Couceiro García Tuñón, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle María de Molina, número 12, de Madrid, representada por la procuradora de los tribunales doña Ana Belén Gómez Murillo, contra don Carlos Alberto Pérez Couceiro García Tuñón y don Alberto Carlos Pérez Couceiro García Tuñón, condeno a don Carlos Alberto Pérez Couceiro García Tuñón y don Alberto Carlos Pérez Couceiro García Tuñón a pagar a la actora la cantidad de 9.575,77 euros, más los intereses legales desde la fecha de la demanda, incrementados en dos puntos a partir de esta sentencia, con expresa imposición de las costas de este juicio.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, debiendo presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la notificación de esta sentencia. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con el número 2441/0030/04/0167/14, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), encontrándose exentos de constituir el mismo los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  Así por esta mi sentencia, de la que unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a don Alberto Carlos Pérez Couceiro García Tuñón y don Carlos Alberto Pérez Couceiro García Tuñón expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 19 de febrero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (02/1.424/15)</texto>
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