<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150226-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/02/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Expropiación
– Resolución de 12 de febrero de 2015, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la Orden 435/2015, de 12 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Plan Director de suministro de agua de riego con agua reutilizable en el municipio de El Escorial”, en el término municipal de El Escorial, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 365</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>48</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2015-02-26-48250220150269</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/26/BOCM-20150226-19.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/26/BOCM-20150226-19.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/26/BOCM-20150226-19.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/26/BOCM-20150226-19.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
 19 
 RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2015, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la Orden 435/2015, de 12 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Plan Director de suministro de agua de riego con agua reutilizable en el municipio de El Escorial”, en el término municipal de El Escorial, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 365. 
  En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno ha dictado la siguiente
  Orden 435/2015, de 12 de febrero, de la Consejería de Presidencia,  Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación  de los bienes y derechos afectados por el “Plan Director de suministro de agua  de riego con agua reutilizable en el municipio de El Escorial”, en el término  municipal de El Escorial, y se convoca a los interesados al levantamiento  de las actas previas a la ocupación. Expediente número 365
  El proyecto, que tiene por objeto el suministro de agua reutilizable al municipio de El Escorial, se enmarca dentro de las directrices de depuración y reutilización del agua de la Comunidad de Madrid, para la mejora del saneamiento y la depuración de los municipios de la Comunidad de Madrid, mediante la construcción de colectores y depuradoras, ampliación de depuradoras ya existentes, así como proyectos de mejora de tratamientos, instalaciones de tratamientos de fangos y terciarios para reutilización de aguas residuales. Uno de los pilares fundamentales es la reutilización de las aguas procedentes de las estaciones de depuración, que constituye un componente esencial de la gestión integral de los recursos hídricos y contribuye al aumento neto de los mismos. Con todo ello, la Comunidad de Madrid pretende disponer de 30 a 40 hectómetros cúbicos anuales para el riego de zonas verdes y deportivas, usos industriales y baldeo de calles.
  En este caso, las obras proyectadas se encuentran enclavadas en el término municipal de El Escorial con el objetivo de suministrar agua de riego con agua reutilizable a las zonas verdes del municipio de El Escorial entre las que se encuentra el parque de “La Ladera”. Las obras consistirán en la construcción de un sistema de bombeo en la EDAR de “Los Escoriales” que elevará el agua hasta el depósito de regulación y su posterior distribución a las zonas verdes del municipio. El depósito de regulación se ubicará en el límite oeste de la parcela destinada al parque de “La Ladera” e incluida en el Sector Norte de “El Tomillar”. 
  Con fecha 18 de noviembre de 2010, y tras el análisis ambiental caso por caso realizado de acuerdo con lo exigido por la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio resuelve que la actuación de referencia no precisa someterse a ningún procedimiento de evaluación de impacto ambiental, estableciendo una serie de condiciones de obligado cumplimiento.
  Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 10 de abril de 2014, se acordó aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de las Obras, el cual se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID  (en adelante, BOCM) número 106, de 6 de mayo de 2014.
  La Orden 2533/2014, de 26 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. Se publicó en el BOCM número 294, de 10 de diciembre de 2014, en el diario “20 Minutos” de 15 de diciembre de 2014, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de El Escorial.
  Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se ha notificado un cambio de titularidad con relación a varias de las fincas afectadas y, por parte del Ayuntamiento de El Escorial, la condición de bienes de dominio público de algunas de las fincas de la relación de bienes y derechos. Se ha procedido a actualizar la titularidad y a omitir de la relación de bienes y derechos de aquellas fincas de dominio público. Consta en el expediente la contestación individualizada a todos los interesados.
  La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de preservar los recursos hídricos disponibles, mejorando su gestión, para atender con más garantías la creciente demanda de suministro de agua en la Comunidad de Madrid.
  En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante, LEF), y 19 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha y, en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.
  La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF, y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
  De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artículo 52 de la LEF, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.
  En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.
  En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,
  DISPONGO
  Primero
  Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Plan director de suministro de agua de riego con agua reutilizable en el municipio de El Escorial”, en el término municipal de El Escorial. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto. 
  Segundo
  Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden. 
  Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/
  En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.
  
 
   La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar. 
  Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  En Madrid, a 12 de febrero de 2015..El Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.
  (01/595/15)</texto>
</documento>