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    <fecha_publicacion>2015/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdelaguna. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdelaguna</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDELAGUNA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 97 
 Modificación ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles 
  Transcurrido el plazo establecido en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin que se hayan presentado reclamaciones contra el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 5 de noviembre de 2014, se eleva a definitivo el citado acuerdo, conforme determina el citado artículo 17 en su apartado 3, publicándose el texto de la modificación, en los términos siguientes:
  Art. 2.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles queda fijado en los siguientes porcentajes:
  a)	Bienes urbanos: 0,61 por 100.
  DISPOSICIÓN FINAL
   La presente modificación entrará en vigor con su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, produciendo sus efectos, con referencia al 1 de enero de 2015.
   Valdelaguna, a 19 de enero de 2015..El alcalde, Pablo Morate Haro.
  (03/5.409/15)</texto>
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