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    <fecha_publicacion>2014/11/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 167 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>278</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 
 77 
 Ejecución 167 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 167 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Fernández Fresneda, doña Ana de Castro Estevao y doña Carla Cristina Duque Méndez, frente a “Arrocería Al Grano, Sociedad Limitada”, “Grupo Millenium Restauración” y “Perón 26 Promociones y Actividades, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 23 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 35.945,40 euros de principal, 3.594,50 euros de intereses y 3.594,50 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Arrocería al Grano, Sociedad Limitada”, “Grupo Millenium Restauración” y “Perón 26 Promociones y Actividades, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4684/0000/64/0167/14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Arrocería Al Grano, Sociedad Limitada”, “Grupo Millenium Restauración” y “Perón 26 Promociones y Actividades, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.165/14)</texto>
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