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    <identificador>BOCM-20141121-190</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Huelva número 3. Ejecutoria 241 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3 
 
 190 
 Ejecutoria 241 de 2014 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 241 de 2014, a instancias de la parte actora don Manuel Jiménez Velardo, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado con esta fecha decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.897,26 euros en concepto de principal, más 552,12 euros de interés de mora, más 900,00 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de su ulterior tasación.
  Archivar las actuaciones previa anotación en los libros de registro correspondientes a este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre lo que trabar embargo.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el número de cuenta de este Juzgado 1932000030024114, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Huelva, a 14 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.124/14)</texto>
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