<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141120-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/11/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 47. Procedimiento ordinario 346 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>276</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-11-20-276131120140262</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/20/BOCM-20141120-74.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/20/BOCM-20141120-74.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/20/BOCM-20141120-74.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/20/BOCM-20141120-74.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47 
 
 74 
 Procedimiento ordinario 346 de 2009 
  EDICTO
  En el presente procedimiento juicio ordinario número 346 de 2009, seguido a instancias de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, EFC”, frente a don Lizardo Humberto Tapia Hidalgo, doña Jenny Margarita Zambrano Parrales, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Gabriel de Diego Quevedo, en representación de la mercantil “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, EFC”, contra don Lizardo Humberto Tapia Hidalgo y doña Jenny Margarita Zambrano Parrales, debo declarar y declaro resuelto desde el 15 de diciembre de 2008 el contrato de arrendamiento financiero suscrito por las partes en fecha 26 de diciembre de 2007, y extinguidos y cancelados los derechos de opción de compra concedidos en dicho contrato a don Lizardo Humberto Tapia Hidalgo, y debo condenar y condeno a don Lizardo Humberto Tapia Hidalgo a restituir a la actora la posesión del bien objeto del contrato resuelto, y debo condenar y condeno a los demandados al pago solidario de las siguientes cantidades:
  a)  12.536,09 euros por cuotas de arrendamiento impagadas desde el 15 de mayo al 15 de diciembre de 2008.
  b)  705,20 euros por intereses de demora devengados al tipo pactado del 22 por 100 desde el 15 de mayo al 15 de diciembre de 2008.
  c)  240,00 euros por comisión de reclamación.
  d)  7.301,81 euros, equivalentes al 10 por 100 de las cuotas pendientes de vencimiento a la fecha de resolución (15 de diciembre de 2008), en concepto de cláusula penal pactada en la condición general 6.2.b) del contrato.
  e)  El montante de los intereses moratorios pactados al tipo nominal anual del 22 por 100 sobre las cantidades referidas anteriormente, a liquidar en ejecución de sentencia.
  Se imponen a los demandados las costas del procedimiento con carácter solidario.
  Y encontrándose dichos demandados, don Lizardo Humberto Tapia Hidalgo y doña Jenny Margarita Zambrano Parrales, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
  Madrid, a 24 de julio de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/7.157/14)</texto>
</documento>