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    <fecha_publicacion>2014/11/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 87 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 123 
 Ejecución 87 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 87 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Lucian, frente a “Elecsiul, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 2.547,55 euros de principal (de los que 2.227,20 euros son de cantidades debidas y no pagadas y 320,35 euros son intereses contados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100), más 509,51 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Elecsiul, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución:
  Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Hágase entrega a la parte ejecutante, enviando por correo certificado con acuse de recibo, los testimonios necesarios para el inicio del correspondiente expediente administrativo ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Archívense las presentes actuaciones.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Elecsiul, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.880/14)</texto>
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