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    <identificador>BOCM-20141117-161</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 229 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>273</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 161 
 Ejecución 229 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 229 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arsenio Dumulag Bimmuyag, frente a “GAM Pacífico, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Arsenio Dumulag Bimmuyag contra el auto de fecha 24 de julio de 2014, manteniéndolo en todos sus términos.
  Notifíquese este auto a las partes.
  Modo de impugnación: se advierte a las partes que contra este auto puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2514/0000/62/0300/14 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “GAM Pacífico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.445/14)</texto>
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