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    <identificador>BOCM-20141111-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1.386 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>268</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 125 
 Procedimiento 1.386 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.386 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Miguel García López, doña Eva María Rodríguez Gallardo, don Francisco César Campo García, don Francisco Javier Montoro Alba, don José Antonio Marín Martínez, doña María Belén Martínez Fernández, doña María Inmaculada Martínez Rodrigo, don Miguel Paladín Gutiérrez Alcalde y don Rodrigo Lasso Rey, frente a don Jorge Enrique Kéller de Porras, “American Music Corporation, Sociedad Limitada”, “Enrique Kéller, Sociedad Anónima”, y “Zarauz Maderas y Derivados, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Dispongo: Que estimando en parte el recurso de aclaración por la parte actora, declaro que respecto a doña María Belén Martínez Fernández el importe de la indemnización ha de ser para el primer período de 13.062,14 euros y para el segundo de 4.063,78 euros, siendo el total de 17.125,92 euros; respecto de don Rodrigo Lasso Rey, no ha lugar a la aclaración solicitada, y respecto del importe total objeto del embargo se ha de fijar en 168.874,10 euros.
  Dispongo: Que estimando el recurso de aclaración interpuesto contra el auto de fecha 23 de junio de 2014 debo declarar y declaro que el párrafo último del razonamiento segundo y la parte dispositiva del mismo han de ser del siguiente tenor literal:
  En cuanto a la aclaración del total del importe respecto del embargo una vez corregido el cálculo de la indemnización de doña María Belén Martínez Fernández, arroja un importe total de 168.874,10 euros.”
  Dispongo: Que estimando en parte el recurso de aclaración interpuesto por la parte actora declaro que respecto de doña María Belén Martínez Fernández el importe de la indemnización ha de ser para el primer período de 13.062,14 euros y para el segundo de 4.063,78 euros, siendo el total de 17.125,92 euros; respecto de don Rodrigo Lasso Rey, no ha lugar a la aclaración solicitada, y respecto del importe total objeto del embargo se ha de fijar en 168.874,10 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que cotnra ella cabe interponer el mismo recurso establecido en su día para la sentencia aclarada.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “American Music Corporation, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.670/14)</texto>
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