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    <fecha_publicacion>2014/11/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Procedimiento ordinario 1.332 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 
 23 
 Procedimiento ordinario 1.332 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.332 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Eduardo Rojas Cueva, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, y “Pinturas Loza y Asociados, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Estimo la demanda del actor don Manuel Eduardo Rojas Cueva y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda.
  Declaro grupo de empresas a las dos demandadas.
  En consecuencia, condeno de forma solidaria a las demandadas “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, y “Pinturas Loza y Asociados, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen de forma solidaria a la parte actora la cantidad de 5.603,32 euros por concepto de liquidación.
  Asimismo, declaro la mora de la anterior cantidad que se incrementará con el 10 por 100 de interés anual.
  Asimismo, declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará la cantidad objeto de condena hasta el límite legalmente establecido, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.
  Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
  Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con el número 2510, con la indicación del número de procedimiento 1332/2013, en la sucursal del “Banco Santander” (oficina situada en la planta primera de la sede de estos Juzgados), así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.
  En caso de recurso, la empresa habrá de cumplimentar las tasas conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 21 de noviembre de 2012); orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 15 de diciembrede 2012), modificada por la orden HAP/490/2013, de 27 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” del día 30 de marzo de 2013), y el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” del día 23 de febrero de 2013).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.467/14)</texto>
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