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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao número 4. Ejecución 89 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>260</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4 
 
 67 
 Ejecución 89 de 2014 
  EDICTO
  Doña María José Marijuán Gallo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Bilbao.
  Hago saber: Que en autos de pieza de ejecución número 89 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Yolanda González Rodríguez, doña María Dolores Palacios Capitán, doña Almudena Sánchez Pascual y doña Basilia Vila Quintana, contra “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, y “Happy Trade, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto número 577 de 2014
  Secretaria judicial, doña María José Marijuán Gallo..En Bilbao (Bizkaia), a 3 de octubre de 2014.
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones (procedimiento de ejecución número 89 de 2014), y para el pago de 23.049,17 euros de principal, 1.831,30 euros de intereses de mora y 2.304,92 euros calculados para intereses y costas, se declara insolventes, por ahora, a las deudoras “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, y “Happy Trade, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Firme la declaración de insolvencia, archívense provisionalmente las actuaciones.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de revisión ante el magistrado-juez, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación por escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido (apartados 1 y 2 del artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
  Están exentos de constituir el depósito para recurrir los sindicatos, quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
  Lo decreto y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto o sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o se emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación a “Happy Trade, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 3 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.986/14)</texto>
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