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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 38 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>260</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 65 
 Ejecución 38 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 38 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Rodríguez Gutiérrez, frente a “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 3 de octubre de 2014 del tenor literal siguiente:
  No estando notificada la ejecutada de la celebración de la subasta de los vehículos matrículas 1512CHM y 1862DGN prevista para el día de hoy, se procede a su suspensión.
  Se acuerda sacar a la venta en pública subasta dichos vehículos, señalándose para que la misma tenga lugar en la sede de este Juzgado el día 28 de noviembre de 2014, a las diez y treinta horas.
  Anúnciese por medio de edicto que con los requisitos establecidos en el artículo 646, párrafo primero, de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y con un plazo de antelación de veinte días, se fijará en el sitio público de costumbre de este Juzgado.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, con el número 2851/0000/64/0038/14 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 3 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.818/14)</texto>
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