<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141031-60</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL MOLAR</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/10/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Molar. Otros anuncios. Solicitud juez de paz titular</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>259</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-10-31-259221020140029</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/31/BOCM-20141031-60.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/31/BOCM-20141031-60.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/31/BOCM-20141031-60.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/31/BOCM-20141031-60.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 OTROS ANUNCIOS
 
 60 
 Solicitud juez de paz titular 
  Estando próxima la finalización del plazo de cuatro años de ejercicio de los cargos de juez de paz titular, se convoca  a todos los interesados para que presenten en el Ayuntamiento sus solicitudes de nombramiento.
  Los requisitos para tal nombramiento son los siguientes:
  A tenor de los artículos 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, están incapacitados para ser jueces de paz los impedidos física o psíquicamente para la función judicial, los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  La instancia se recogerá en el Ayuntamiento y se deberá acompañar certificado de antecedentes penales, fotocopia del DNI y escrito sobre los méritos del interesado en orden a su nombramiento, debiendo presentar la documentación en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El Molar, a 14 de octubre de 2014..El alcalde, Emilio de Frutos.
  (03/31.756/14)</texto>
</documento>