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    <fecha_publicacion>2014/10/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Algete. Régimen económico. Modificación de crédito</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>259</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALGETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALGETE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 55 
 Modificación de crédito 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del expediente de modificación de crédito número 12/2014, con la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulación o bajas de crédito de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  “Primero..Ordenar la incoación de un expediente de crédito extraordinario dentro del presupuesto vigente, según la siguiente propuesta:
  
 
   Segundo..Proponer la modificación del anexo de inversiones para que se dé de baja la inversión relacionada con el expediente de modificación de créditos propuesto:
  
 
   Tercero..Proponer la modificación del anexo de inversiones para que se den de alta las inversiones relacionadas con el expediente de modificación de créditos propuesto con el siguiente detalle:
  
 
   Cuarto..Someter la presente resolución a Informe de la Intervención Municipal a los efectos previstos en la legislación vigente”.
  En Algete, a 22 de octubre de 2014..El alcalde-presidente, Cesáreo de la Puebla de Mesa.
  (03/32.329/14)</texto>
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